Buenos Aires, 7 de Enero de 2011
Boletín Oficial: 23-02-2011
VISTO el Expediente CUDAP Nº 58793/2010 del registro de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público
Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1.421 del 8 de agosto
de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los
Decretos Nº 149 del 22 de febrero de 2007 y Nº 1.248 del 14 de
septiembre de 2009, la Resolución ex SSGP Nº 48 del 30 de diciembre de
2002, el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión
Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus
similares Nº 1.151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº 52 del 6 de marzo
de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación
del contrato suscripto con fecha 6 de agosto de 2010, ad referéndum del
Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la
Secretaría de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros y Dra.
Carla Andrea Milanese, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº
1.421/2002.
Que por el Artículo 9 del Anexo I del decreto citado en el considerando
anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la
contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante
Resolución ex SSGP Nº 48/2002 las pautas para la aplicación del mismo.
Que la agente de que se trata, según surge de los actuados, se
encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de
carácter transitorio, de acuerdo con los términos del Artículo 9º del
Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.
Que el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por Decreto Nº
2.098/2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los
distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel A diversas
exigencias.
Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan
atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan
acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas,
por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a
lo establecido en el inciso c), punto II del Artículo 9º del Anexo I al
Decreto Nº 1.421/2002.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601/2002, reglamentario del Decreto Nº 491/2002.
Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva
prestación de servicios a partir del 9 de agosto de 2010, por lo que
procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de
la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos
presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, fue
atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos
presupuestarios de la Jurisdicción 25 - Jefatura de Gabinete de
Ministros, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la
Administración Nacional Nº 26.546.
Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la Subsecretaría de
Gestión y Empleo Público de la Secretaría de la Gestión Pública de la
Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección General de Asuntos
Jurídicos de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la
Nación, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
emergentes del Artículo 100, inciso 2 de la Constitución Nacional, del
último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/2002
reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional
Nº 25.164 y en el Decreto Nº 577/2003, y sus modificatorios.
Por ello,
El Jefe de Gabinete de Ministros,
Decide:
Artículo 1.- Dase por aprobado con efectos al 9 de agosto de 2010 y
hasta el 31 de diciembre de 2010, el contrato suscripto ad referéndum
del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la
Secretaría de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros y Dra.
Carla Andrea Milanese (D.N.I. Nº 21.484.611), para desempeñar funciones
de Asesora Legal en la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la
citada Secretaría, equiparada al Nivel A - Grado 0 del Sistema Nacional
de Empleo Público (Decreto Nº 2.098/2008), de acuerdo con las
previsiones del Artículo 9 del Anexo de la Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el
Decreto Nº 1421/2002 y de la Resolución ex SSGP Nº 48/2002.
Artículo 2.- Autorízase la contratación que se aprueba por el Artículo
1 de la presente decisión administrativa, como excepción a lo
establecido en el inciso c), punto II del Artículo 9 del Anexo I al
Decreto Nº 1.421/2002 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Artículo 3.- El gasto que demandó el cumplimiento de la presente medida
fue atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la
Jurisdicción 25 - Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con
la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546.
Artículo 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Aníbal D. Fernández.- Aníbal F. Randazzo.