Buenos Aires, 7 de Enero de 2011
Boletín Oficial: 23-02-2011

VISTO el Expediente CUDAP Nº 58793/2010 del registro de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1.421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº 149 del 22 de febrero de 2007 y Nº 1.248 del 14 de septiembre de 2009, la Resolución ex SSGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº 1.151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº 52 del 6 de marzo de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 6 de agosto de 2010, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la Secretaría de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros y Dra. Carla Andrea Milanese, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1.421/2002.
Que por el Artículo 9 del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP Nº 48/2002 las pautas para la aplicación del mismo.
Que la agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del Artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.
Que el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por Decreto Nº 2.098/2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel A diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1.421/2002.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601/2002, reglamentario del Decreto Nº 491/2002.
Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 9 de agosto de 2010, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, fue atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546.
Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público de la Secretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del Artículo 100, inciso 2 de la Constitución Nacional, del último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/2002 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y en el Decreto Nº 577/2003, y sus modificatorios.
Por ello,
El Jefe de Gabinete de Ministros,
Decide:
Artículo 1.- Dase por aprobado con efectos al 9 de agosto de 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2010, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la Secretaría de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros y Dra. Carla Andrea Milanese (D.N.I. Nº 21.484.611), para desempeñar funciones de Asesora Legal en la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la citada Secretaría, equiparada al Nivel A - Grado 0 del Sistema Nacional de Empleo Público (Decreto Nº 2.098/2008), de acuerdo con las previsiones del Artículo 9 del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/2002 y de la Resolución ex SSGP Nº 48/2002.
Artículo 2.- Autorízase la contratación que se aprueba por el Artículo 1 de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del Artículo 9 del Anexo I al Decreto Nº 1.421/2002 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Artículo 3.- El gasto que demandó el cumplimiento de la presente medida fue atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546.
Artículo 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Aníbal D. Fernández.- Aníbal F. Randazzo.